13 agosto, 2026
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Augusto Manuel Pacicco fue condenado a dos años de prisión por venta de cocaína en Embalse. Pese a que el monto de la pena le permitía abandonar el penal, le entregó una carta manuscrita a los jueces solicitando terminar la condena tras las rejas para garantizar su tratamiento psiquiátrico.

En el marco de las audiencias celebradas ante el Tribunal Oral Federal N° 3 de la ciudad de Córdoba, se registró un pedido procesal sin precedentes en la jurisprudencia penal local. Augusto Manuel Pacicco, un hombre de 39 años imputado en una causa federal por comercialización de estupefacientes, solicitó formalmente a los magistrados no ser puesto en libertad condicional o anticipada, exigiendo en su lugar permanecer alojado en el establecimiento penitenciario hasta cumplir el último día de su condena.

Pacicco había sido arrestado en abril de 2025 durante una serie de allanamientos ejecutados por la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA) en la localidad calamuchitana de Embalse. En el transcurso del debate oral, el acusado reconoció públicamente atravesar una severa adicción a la cocaína desde los 19 años. Atendiendo al grado de implicancia en la estructura delictiva, el fiscal federal Maximiliano Hairabedian solicitó una pena de dos años de prisión al encuadrar su conducta bajo la figura de partícipe secundario de comercio de estupefacientes.

Por los meses que ya llevaba en prisión preventiva, el cómputo de la pena habilitaba a que el tribunal dictara su excarcelación inmediata tras la lectura del veredicto. Sin embargo, el imputado interrumpió la dinámica del cierre del juicio al presentar un manuscrito redactado de puño y letra donde explicitó su negativa a retornar al medio libre en el corto plazo. “Pido la oportunidad de concluir mi condena totalmente en esta Unidad Penitenciaria ya que no me siento apto para reinsertarme en la sociedad”, detalló en el texto.

El argumento de la reincidencia y la condena definitiva

La estrategia de Pacicco radicó en un crudo diagnóstico sobre su propia vulnerabilidad frente a las exigencias que impone la libertad asistida. El hombre argumentó que prefería someterse de forma rigurosa al «debido tratamiento psicológico y psiquiátrico» intramuros para evitar una inminente declaración de rebeldía en las calles. “Sé que no voy a cumplir con esos requisitos y sé que voy a estar con captura por no cumplir con el reglamento y disposiciones de este Tribunal. Salir y no deber ni un día a la Justicia me parece apropiado”, justificó con pragmatismo.

Al momento de hacer uso del derecho a las últimas palabras ante el estrado, el detenido ratificó los términos del documento y le solicitó de forma directa a los jueces que dieran curso favorable a su petición para «poder terminar el tiempo que queda de condena en la cárcel, para poder salir limpio y bien».

Tras evaluar la singular presentación, el Tribunal Oral Federal resolvió dictar una sentencia de dos años de prisión de cumplimiento efectivo, convalidando la permanencia del recluso en el pabellón. En la misma resolución judicial, el tribunal impuso penas para el resto de los integrantes de la organización criminal con asiento en el Valle de Calamuchita, identificados como Luis David Juárez Calderón, Rosa Elvira Calderón Guevara, Iván Dalmau, Mauro Reartes y Juan Rodrigo Altamirano.

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